Con los precios de 2026, cada vez más operaciones de primera vivienda llevan a los padres dentro de alguna manera: una transferencia para llegar a la entrada, una firma como avalistas, una casa familiar que se vende al hijo. Son situaciones normales y legítimas, pero el banco y Hacienda las miran con lupa, y hemos visto operaciones perfectamente viables caer por no haber pensado la estructura antes.
Te explicamos los tres casos más habituales, las figuras que existen para cada uno, qué riesgo asume cada parte y los errores que conviene evitar.
Caso 1: tus padres te ayudan con la entrada
Es el más frecuente. Tienes ingresos para pagar la cuota, pero no llegas al 30-32 % que hace falta entre entrada y gastos, y tus padres ponen una parte.
La forma correcta de hacerlo es la donación: tus padres te dan el dinero, se documenta (una transferencia con concepto claro y, en muchos casos, una escritura de donación ante notario) y se liquida el impuesto de donaciones en tu comunidad autónoma. Aquí la diferencia entre comunidades es enorme: en algunas las donaciones de padres a hijos están bonificadas casi al 100 % (sobre todo si se formalizan en escritura pública); en otras tienen reducciones específicas cuando el dinero se destina a la primera vivienda habitual; y en otras se paga una cantidad relevante. Consúltalo antes de mover el dinero, porque el orden (primero la escritura, luego la transferencia) puede cambiar el coste.
Lo que el banco quiere ver: de dónde sale el dinero de la entrada. Si aparecen 30.000 € en tu cuenta quince días antes de pedir la hipoteca sin explicación, el analista lo va a preguntar. Con la donación documentada, no hay problema; es ahorro tuyo a todos los efectos.
Un ejemplo. Piso de 200.000 €; entre el 20 % de entrada (40.000 €) y los gastos (unos 20.000 €) necesitas 60.000 €. Tienes 25.000 € y tus padres te donan 35.000 €. La hipoteca de 160.000 € a 30 años al 2,9 % sale a unos 666 € al mes; con 2.300 € netos, el ratio es del 29 %: entra bien. Sin la donación, la operación no existe. Con una donación en negro o sin documentar, puede caer en el análisis. Haz tus propios números en el simulador y, para los gastos por comunidad, en gastos de comprar una vivienda.
Caso 2: compráis juntos (o ellos garantizan)
Aquí hay tres figuras, y conviene no confundirlas porque el riesgo que asumen tus padres es muy distinto:
Cotitulares. Tus padres compran contigo (son propietarios de una parte) y son deudores de la hipoteca. Suma sus ingresos al expediente, pero también su edad: el plazo de la hipoteca queda limitado por la edad del titular mayor (la mayoría de entidades no va más allá de los 70-75 años al vencimiento), lo que puede acortar el plazo y subir la cuota. Y, fiscalmente, la casa es en parte suya, con lo que eso implica en el futuro (herencia, venta).
Hipotecante no deudor. Tus padres no compran ni deben nada: aportan una garantía adicional (normalmente su propia vivienda, o una parte) para que el banco financie más o acepte la operación. Tú eres el único deudor y propietario. Es la figura más usada para llegar al 100 % de financiación. El riesgo para ellos: si no pagas, el banco puede ir contra esa garantía. Conviene limitarla y pactar su liberación cuando la deuda baje de cierto nivel, como te contamos en aval de padres: cómo pedirlo sin hipotecar su casa entera.
Avalistas. Responden con todo su patrimonio si dejas de pagar, pero no aportan una garantía concreta ni son propietarios. Es la figura que más riesgo ilimitado supone para ellos, y la que menos suele gustar a los bancos si además tienen edad avanzada.
Nuestro consejo, casi siempre: si tus ingresos sostienen la cuota y lo que te falta es garantía, hipotecante no deudor limitado; si te faltan ingresos, cotitular con un hermano o tu pareja antes que con tus padres mayores. Y avalista ilimitado, solo como último recurso.
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Parece sencillo y no lo es. El banco desconfía de las compraventas entre familiares por una razón concreta: el precio puede no ser el de mercado y el dinero puede no moverse de verdad. Así que pedirá tasación (financiará sobre el menor valor entre precio y tasación, como siempre), querrá ver que el pago se hace de verdad (transferencia, no "ya nos apañamos en casa") y, si el precio está muy por debajo de mercado, Hacienda puede considerar que hay una donación encubierta por la diferencia.
Además, tus padres tributan por la ganancia patrimonial en su IRPF (salvo que sean mayores de 65 y sea su vivienda habitual, que está exenta), y tú pagas el ITP de la compra. Si la idea de fondo es que te quedes la casa familiar a buen precio, a veces compensa más una donación o una herencia en vida bien planteada que una compraventa a precio bajo. Un asesor fiscal lo resuelve en una consulta; el banco, lo que quiere es una operación limpia y a precio real.
Las tres estructuras, en una tabla
| Tus padres son propietarios | Tus padres deben la hipoteca | Qué arriesgan | Cuándo encaja | |
|---|---|---|---|---|
| Donación de la entrada | No | No | El dinero donado | Tienes ingresos pero no entrada |
| Cotitulares | Sí (su parte) | Sí | Su parte y su solvencia | Te faltan ingresos; ellos son jóvenes |
| Hipotecante no deudor | No | No | La garantía aportada (limitable) | Te falta garantía para llegar al 100 % |
| Avalistas | No | No (pero responden) | Todo su patrimonio | Último recurso |
Esto sí, esto no
Esto sí: documentar la ayuda (escritura de donación, transferencia con concepto), liquidar el impuesto que toque, consultar el coste en tu comunidad antes de mover el dinero, limitar la garantía de tus padres y pactar su liberación, y pensar la estructura con la edad de tus padres y la herencia futura en la cabeza.
Esto no: dinero en efectivo o "regalos" sin rastro; compraventas a precio de risa entre familiares; poner a tus padres como avalistas ilimitados por comodidad; ni pedir el 100 % con la casa de tus padres como garantía sin haberles explicado exactamente lo que firman.
Si tu operación lleva a tus padres dentro de alguna forma, cuéntanosla antes de firmar nada: te decimos qué estructura acepta mejor el banco, cuál protege más a tus padres y qué documentación hay que preparar para que la ayuda familiar sea una ventaja y no el motivo de una denegación. Para la parte del aval público, recuerda que el aval ICO puede sustituir a la garantía de tus padres si cumples los requisitos.

